La norma dispone que cada aula debe asignar dos vacantes para estudiantes en condición de discapacidad. Asimismo, los directores deben registrar oportunamente las metas de atención en el Sistema de Matrícula Digital y mantener actualizada la información sobre vacantes disponibles.
El Minedu también enfatiza la importancia de difundir de manera clara los procedimientos y requisitos de matrícula, publicar la Ley N.º 32289 en lugares visibles y plataformas digitales, y fortalecer las capacidades docentes para brindar una educación inclusiva y de calidad.
Cumplir con estas acciones fortalece la transparencia y la gestión escolar, y permite que ningún estudiante quede fuera del sistema educativo por su condición.
